Hasta hace poco, calcular y reportar esta huella era voluntario en España. Sin embargo, con la creciente urgencia climática y nuevas leyes, su cálculo ha pasado a ser obligatorio para ciertas empresas y sectores serviciosempresariales.camaramadrid.es.

Normativa nacional vigente sobre huella de carbono

A nivel nacional, la principal referencia es la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, obligatoriedad legal de calcular la huella de carbono para determinadas empresas en España​ para los alcances 1, 2 y 3, desarrollar y publicar un plan de reducción de emisiones que trace estrategias para minimizar su impacto climático.

Las empresas obligadas a nivel nacional, esencialmente son grandes empresas que en dos ejercicios consecutivos cumplan al menos dos de estas condiciones:

  • Activos totales consolidados superiores a 20 millones de euros.
  • Cifra de negocio anual consolidada superior a 40 millones de euros.
  • Número medio de empleados superior a 250 trabajadores

Adicionalmente, se incluyen las entidades consideradas de interés público (por la normativa de auditoría), Ministerios y organismos de la Administración General del Estado.

La obligación nacional entra en vigor el 1 de enero de 2025, aplicándose al cálculo de la huella del ejercicio 2024

MITECO – Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico mantiene desde 2014 el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción (creado por RD 163/2014). El ministerio otorga sellos (“Calculo”, “Reduzco”, “Compenso”) a las organizaciones inscritas, facilitando el control y la trazabilidad de sus datos.

Iniciativas autonómicas sobre huella de carbono

Varias Comunidades Autónomas de España han desarrollado su propia normativa climática que obliga a calcular la huella de carbono en ciertos ámbitos de actuación, que buscan involucrar a las empresas regionales en la reducción de emisiones difusas.

Islas Baleares

Las Islas Baleares fueron pioneras en España al hacer obligatoria la huella de carbono para empresas a nivel autonómico. Su Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética creó el Registro Balear de Huella de Carbono y estableció obligaciones de calcular y registrar anualmente la huella de carbono para las empresas medianas y grandes (50 o más empleados o volumen de negocio de 10 millones de euros) que operen en el archipiélagoboe.es y ​caib.es. Esta obligación abarca a la administración autonómica. Para las pequeñas empresas, administraciones locales y ciudadanía la inscripción es voluntaria. Obligatorio a partir de enero 2025, presentar un plan de reducción de emisiones junto con la huella (para la huella del año 2023 en adelante) ​caib.escaib.es.

Comunidad Foral de Navarra

Navarra aprobó su Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, que entró en vigor en 2024. Esta ley foral establece la obligatoriedad del cálculo de la huella de carbono para las empresas que desarrollen actividad en Navarra, incluyendo de forma explícita a las explotaciones agrícolas y ganaderas dentro de su alcance, de cualquier tamaño ​aimplas.es. La obligación navarra está vigente desde 2024.

Comunidad Valenciana

La Comunitat Valenciana se suma a las regiones con obligatoriedad en materia de huella de carbono a través de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de Cambio Climático y Transición Ecológica de la Comunidad Valenciana. Esta ley autonómica, establece la obligación de cálculo y “acreditación” de la huella de carbono, así como la implantación de un plan de reducción de emisiones, para las empresas medianas y grandes (50 o más empleados o volumen de negocio de 10 millones de facturación) que desarrollen sus actividades en la Comunidad Valenciana serviciosempresariales.camaramadrid.es.

La ley valenciana exige que la huella de carbono sea certificada o verificada por tercera parte (auditoría externa o sello oficial) para garantizar la fiabilidad de los datos. Todo a partir de enero 2025

País Vasco (Euskadi)

El País Vasco ha aprobado recientemente la Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático del País Vasco, que incluye uno de los enfoques más amplios en cuanto a sujetos obligados a calcular la huella de carbono. Esta ley, establece la obligación de cuantificar la huella de carbono y desarrollar un plan progresivo de reducción de emisiones para una variedad de entidades públicas y privadas en Euskadi​. La ley vasca comenzó a partir de enero 2025. serviciosempresariales.camaramadrid.es.

En concreto, deben cumplir con esta exigencia:

  • Administraciones públicas vascas (Gobierno Vasco, diputaciones forales, ayuntamientos, etc.) y sus entidades dependientes.
  • Explotaciones ganaderas y las actividades agrícolas, forestales y pesqueras de la comunidad autónoma.
  • Instalaciones de gestión de residuos y las de tratamiento de aguas residuales en el País Vasco.
  • Instalaciones industriales en territorio vasco (según sectores que se definirán reglamentariamente).
  • Establecimientos de ocio y turismo (grandes hoteles, parques temáticos, etc.).
  • Determinados subsectores del sector servicios (posiblemente grandes centros comerciales, transporte, empresas de logística, etc., por determinar).

Andalucía

Andalucía cuenta con la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de Medidas frente al Cambio Climático y para la Transición hacia un Nuevo Modelo Energético en Andalucía, la cual introdujo obligaciones específicas en materia de huella de carbono ya en 2018. En particular, Andalucía obliga a las empresas con grandes consumos energéticos (que consuman más de 1 GWh de energía al año) a calcular su huella de carbono organizacional, serviciosempresariales.camaramadrid.es.

Otras comunidades autónomas y requisitos destacables

  • Canarias: La Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de Cambio Climático y Transición Energética de Canarias crea el Registro Canario de Huella de Carbono e impone la inscripción obligatoria para las administraciones públicas canarias, las empresas medianas y grandes que operen en Canarias y todos los establecimientos turísticos alojativos (p.ej. hoteles) desde 2023boe.es.
  • Cataluña: Aunque Cataluña aprobó la Ley 16/2017 de cambio climático, gran parte de sus medidas fueron suspendidas por cuestiones competenciales. Actualmente Cataluña no tiene una obligación específica de huella de carbono para todas las empresas equivalente a las anteriores. No obstante, sí aplica instrumentos como los acuerdos voluntarios de reducción y exige cálculos de huella en proyectos o eventos puntuales.
  • Otras regiones: Comunidades como Murcia, La Rioja, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Madrid, Extremadura, Cantabria, Asturias, Aragón etc., por el momento no han impuesto obligaciones generales de huella de carbono a empresas mediante ley autonómica. Sin embargo, muchas participan en programas voluntarios y podrían incorporar la huella de carbono en sus estrategias climáticas o en regulaciones sectoriales (por ejemplo, algunas regiones exigen estimar huella de carbono en eventos masivos, planes urbanísticos, o para acceder a subvenciones verdes).

Comparativa de requisitos por Comunidad Autónoma

Para facilitar la consulta, la siguiente tabla resume las principales exigencias de cálculo de huella de carbono en distintas CC.AA. con normativa específica:

C. AutónomaSujetos obligadosEn vigor desde
Nacional (España)Grandes empresas (>40M€ negocio, >250 empleados) Deben calcular huella anual y plan de reducción.Enero 2025 (huella 2024)​
Islas BalearesMedianas y grandes empresas con actividad en Baleares (≥50 empleados o >10 M€ facturación)​ Administración autonómica. Voluntario para pymes menores.Enero 2023 (huella 2022) (+ Plan reducción obligatorio desde 2025)
NavarraEmpresas de cualquier tamaño que operen en Navarra, incluyendo explotaciones agrarias y ganaderasEnero 2024 (huella 2023)
C. ValencianaMedianas y grandes empresas en la Comunidad Valenciana​. Deben calcular y certificar su huella de carbono corporativa y ejecutar un plan de reducción.Enero 2025 (huella 2024)
País VascoAdministraciones públicas vascas; actividades ganaderas, agrícolas, forestales y pesqueras; gestión de residuos y aguas; instalaciones industriales; establecimientos de ocio y turismo; y ciertos subsectores de serviciosEnero 2025 (huella 2024)
AndalucíaEmpresas con consumo energético >1 GWh/año Medianas-grandes empresas industriales, terciarias, etc. que superen ese umbral).Enero 2018 (huella 2018)​
CanariasSector público canario; Medianas y grandes empresas en Canarias; Explotaciones turísticas alojativas (hoteles y similares)​ Voluntario para otros, con posibilidad de ampliar sectores vía reglamento.Enero 2023 (huella 2023)

(Tabla: Fuentes: BOE y diarios oficiales autonómicos indicados.)

C. AutónomaSujetos obligadosEn vigor desde 
Nacional España)Grandes empresas (>40M€ negocio, >250 empleados). Deben calcular huella anual y plan de reducción.Enero 2025 (huella 2024) 
Islas BalearesMedianas y grandes empresas con actividad en Baleares (≥50 empleados o >10 M€ facturación)​ Administración autonómica. Voluntario para pymes menores.Enero 2023 (huella 2022) (+ Plan reducción obligatorio desde 2025)
NavarraEmpresas de cualquier tamaño que operen en Navarra, incluyendo explotaciones agrarias y ganaderasEnero 2024 (huella 2023)
C. ValencianaMedianas y grandes empresas en la Comunidad Valenciana​. Deben calcular y certificar su huella de carbono corporativa y ejecutar un plan de reducción.Enero 2025 (huella 2024)
País VascoAdministraciones públicas vascas; actividades ganaderas, agrícolas, forestales y pesqueras; gestión de residuos y aguas; instalaciones industriales; establecimientos de ocio y turismo; y ciertos subsectores de serviciosEnero 2025 (huella 2024)
AndalucíaEmpresas con consumo energético >1 GWh/año. Medianas-grandes empresas industriales, terciarias, etc. que superen ese umbral).Enero 2018 (huella 2018)
CanariasSector público canario; Medianas y grandes empresas en Canarias; Explotaciones turísticas alojativas (hoteles y similares)​ Voluntario para otros, con posibilidad de ampliar sectores vía reglamento.Enero 2023 (huella 2023)